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“Conversatorio con Andrés Rosler” organizado por el Instituto de Filosofía UDP

La actividad se realizó en la Facultad de Psicología de la Universidad Diego Portales.

El 19 de abril el Instituto de Filosofía de la Universidad Diego Portales realizó el “conversatorio con Andrés Rosler”, Doctor en Derecho por la Universidad de Oxford y profesor de Filosofía del Derecho de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires. La actividad se centró en el análisis de los dos últimos libros del académico: “La ley es la ley: Autoridad e interpretación en la Filosofía del Derecho” (Katz Editores, 2019) y “Estado o revolución. Carl Schmitt y el concepto de lo político” (Katz Editores, 2022).

Los comentarios de los textos estuvo a cargo de Juan Ormeño, Director del Diplomado de Honores en Pensamiento comentario y profesor asociado al IDF; y Carolina Bruna, Doctora en Filosofía de la Universidad Complutense de Madrid y académica de la Universidad Austral de Chile. Las palabras de bienvenida fueron por parte de Rocío Garcés, Directora del Doctorado en Filosofía, Doctora en Filosofía por la Universidad de Valencia y profesora del IDF.

Respecto del texto “La ley es la ley: Autoridad e interpretación en la Filosofía del Derecho” , Rosler toma una postura crítica frente al positivismo lógico, pero no se desprende del todo, y lo asocia al cómo se ajustan las normas legales de los Estados, relacionándolo con ciertas ideas y pensamientos provenientes de la Iglesia Católica y más atrás del Derecho Romano. En cuanto a “Estado o Revolución. Carl Schmitt y el concepto de lo político”, apunta que las revoluciones pueden ser de pensamientos de derecha o de izquierda. En este sentido, puso como ejemplo los cambios profundos y radicales que tiene en mente el presidente de Argentina, el liberal Javier Milei.

Por otro lado, para Juan Ormeño, Rosler defiende el positivismo que impera en el contexto normativo, pero lo hace desde una mirada más interpretativa y con matices, dejando de lado ese positivismo iluminista de los sectores más radicales. Asimismo, el académico también plantea que la tesis sobre los derechos morales de Rosler es implausible; estableciendo diferencias en el razonamiento valorativo y el razonamiento normativo.

Por último, Carolina Bruna tuvo comentarios para el libro sobre Schmitt y describió que el texto presenta una gran trabajo minucioso de las ideas principales de Carl Schmitt sobre Estado y la filosofía política. En este contexto, para la filósofa, Andrés Rosler apunta a defender el Estado de Derecho que impera en gran parte de los países democráticos y de occidente. Para ella, en lo jurídico también está presente lo político, lo que se traduce en “acciones políticas concretas”.

Así, entre estas acciones podemos encontrar conceptos como los de enemigo/amigo utilizado por Schmitt. “El enemigo nunca debe ser criminalizado”, argumenta la académica, sino que debe aplicarse una comprensión y análisis de los orígenes de la rivalidades existentes en el espacio político. Además, otorga una visión del libro en un sentido antropológico ya que presenta conceptos como “humanidad” pero de manera excluyente (humano/inhumano). De igual manera lo hace con lo que vendría siendo “Pluralismo interno/externo”, donde lo ejemplificó mediante la libertad de expresión; si en realidad existe tal cuestión en la manera en cómo abordamos ciertas discusiones morales, como el aborto. Ante esto, Bruna comentó que “deben existir límites sobre las visiones y del sentido mismo de la naturaleza humana”.

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